Militarización de la Antártida: violación de un Tratado Internacional que pone en jaque la Política Antártica Nacional.
Polémico Traspaso Administrativo de Bases e Instalaciones Antárticas
En los pasillos de la Cancillería Argentina circula un expediente que no sólo inquieta al personal de la Dirección Nacional del Antártico (DNA) y del Instituto Antártico Argentino (IAA), sino que también ha puesto en alerta a las áreas relacionadas con la Política Antártica Argentina. La causa de esta alarma es la gravedad de ciertos incumplimientos de los principios fundamentales del Tratado Antártico.
El Tratado Antártico, firmado el 1 de diciembre de 1959 y al que Argentina adhiere, regula las relaciones entre los Estados signatarios en relación con la Antártida. Este acuerdo incluye disposiciones fundamentales como el uso exclusivo de la Antártida para fines pacíficos (Art. I), la garantía de libertad para la investigación científica y la cooperación en ese ámbito (Art. II), y el compromiso de las Partes Contratantes de intercambiar observaciones y resultados científicos sobre la Antártida, los cuales deben estar disponibles libremente (Art. III).
El expediente mencionado, titulado “Proyecto Firma Conjunta Ministerio de Defensa”, en su Informe Técnico hace referencia al “traspaso de administración de las Bases Carlini y Brown, Casa de Botes y refugios antárticos desde la Dirección Nacional del Antártico (DNA), Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto al Comando Conjunto Antártico (COCOANTAR), Ministerio de Defensa.”
Este «traspaso logístico» encubierto implicaría que la Cancillería deje de administrar las instalaciones bajo su cargo, lo que podría constituir una violación del Artículo I del Tratado Antártico, que prohíbe, entre otras cosas, «toda medida de carácter militar». La transferencia de la administración de las instalaciones antárticas al Ministerio de Defensa (MINDEF), como señala el expediente, podría contravenir este principio.
Además, la pérdida de la administración en el continente antártico debilitaría a la DNA, reduciendo su capacidad para controlar posibles «maniobras militares» en la Antártida, las cuales están expresamente prohibidas por el Tratado Antártico.
Este traspaso también vulneraría la Ley 18.513, que establece a la Dirección Nacional del Antártico como la autoridad responsable del planeamiento, programación, dirección, coordinación y control de la actividad antártica argentina. La ley también asigna a la DNA el rol de contribuir a la Política Nacional Antártica. Además, la DNA es la entidad designada para la protección ambiental en la Antártida, conforme a las Leyes Nº 24.216 y 25.260, y actúa como representante de Argentina ante el COMNAP y la RAPAL.
Trabajadores de la Cancillería indicaron a Comunas que el impulso para este traspaso proviene de la Secretaría de Malvinas, Antártida, Política Oceánica y Atlántico Sur, a cargo de la Secretaria Paola Di Chiaro, quien trabaja en dicha área asesorada por personal militar y mantiene una estrecha relación con el MINDEF debido a su anterior cargo como Secretaria de Estrategia y Asuntos Militares en dicho Ministerio.
Otro aspecto crucial es la actual sede de la Secretaría del Tratado Antártico. En sus primeros años, hasta 1991, el Tratado Antártico operaba con una Secretaría no permanente. Tras casi una década de arduas negociaciones, se estableció la Secretaría Permanente del Tratado Antártico en Buenos Aires, inaugurada el 7 de septiembre de 2004. Es importante destacar que Argentina, como pionera en la actividad antártica y signataria del Tratado Antártico, asumió el compromiso inclaudicable de que la DNA, como autoridad de aplicación ante el Sistema del Tratado Antártico, no dependa del Ministerio de Defensa.
Este compromiso hacia la desmilitarización de la Antártida se consolidó en 2003 con la transferencia de la Dirección Nacional del Antártico y el Instituto Antártico Argentino desde la Secretaría de Asuntos Militares del Ministerio de Defensa a la Subsecretaría de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, mediante el Decreto 207/2003.
Como resultado de esta transferencia, Argentina consolidó la administración de sus trece bases antárticas. Actualmente, dos de estas bases son administradas directamente por la Cancillería a través de la DNA, mientras que las demás están bajo la administración del Ministerio de Defensa a través del Comando Conjunto Antártico (COCOANTAR – Estado Mayor Conjunto de las FF.AA.). Definitivamente, el traspaso de la administración propuesto en el Proyecto de Resolución Interministerial sería un despropósito por parte de Argentina ante los países miembros del Tratado Antártico.
«A diferencia de otros países signatarios del Tratado Antártico que operan en la Antártida con barcos civiles o buques de investigación, en Argentina, debido a razones ‘histórico-culturales’, se considera que la logística antártica, fundamental para las operaciones y el apoyo a la actividad científica, debe ser gestionada por las Fuerzas Armadas, conforme al Decreto Nº 207/03. No obstante, la administración de las bases, refugios antárticos y otras instalaciones debe seguir bajo la responsabilidad de la Dirección Nacional del Antártico.»
Más allá de que la ejecución del traspaso de la administración de todas las instalaciones antárticas al MINDEF podría exponer a Argentina a observaciones, multas o sanciones por parte de otros países miembros del Tratado Antártico, también ha generado preocupación entre el personal logístico y administrativo de la DNA/IAA. En diversas ocasiones, han expresado a este medio, su inquietud por la transferencia de todos los bienes patrimoniales obtenidos con el presupuesto de la DNA durante más de 50 años.
Esta situación no solo menoscaba el reconocimiento del esfuerzo del personal de la DNA a lo largo de tantos años, sino que también contraviene lo dispuesto en el TÍTULO IV – Artículo 14 de la Ley 18.513. En el inciso 9, relativo a las ‘funciones’, la ley establece que una de las funciones de la DNA es ‘Administrar y llevar la contabilidad financiera y patrimonial de los recursos que el Estado asigna para la actividad antártica’. Además, el inciso 10 del mismo artículo dispone que corresponde a la DNA ‘Contratar bienes y servicios para la actividad antártica’.
La transferencia de las instalaciones actualmente administradas por la DNA genera una preocupación adicional: la posible pérdida de autoridad por parte de la Dirección. Esto podría complicar la planificación de las campañas antárticas y llevar a recortes en las plazas científicas, tanto en los medios logísticos como en las instalaciones, ya que quedarían bajo la discreción del Comando Conjunto Antártico (COCOANTAR).
Finalmente, aunque no esté directamente relacionado con el traspaso de la administración, otra preocupación importante para el personal de la DNA/IAA es la reciente serie de incidentes en las bases, atribuidos a negligencia del personal militar. Entre estos incidentes se incluyen el incendio de la Jefatura en Base Carlini, que destruyó toda la instalación; la muerte de un suboficial del Ejército en Base Esperanza debido a una explosión ocasionada por restos de material inflamable; el fallecimiento de un suboficial de la Fuerza Aérea Argentina en la Base Marambio tras ser golpeado por un portón del hangar; y un ataque violento entre compañeros de dotación en la misma base. Estos eventos han intensificado la preocupación sobre la administración total de las instalaciones antárticas.
Es fundamental entender que las políticas antárticas se rigen por un Tratado Internacional y no deben confundirse con una simple “decisión política”, ya que esto podría conducir a controversias. Confundir «administración» con «dependencia», como se hace en el expediente tramitado, es un error conceptual que podría resultar en la violación de los principios del Tratado Antártico.
El traspaso de la administración al MINDEF plantea graves riesgos para la actividad científica en la región. Esta medida podría resultar en la militarización del territorio, violando los principios del Tratado Antártico y poniendo en peligro el prestigio internacional de Argentina. La administración total por parte del COCOANTAR también podría comprometer la coordinación y ejecución de las campañas científicas, limitando recursos y reduciendo la capacidad operativa.
Además, trabajadores de la DNA/IAA señalan que la reciente serie de incidentes, el riesgo de negligencia por parte del personal militar y otros hechos referentes a fallas logísticas en los últimos años generan preocupación sobre la posible falta de respuesta por parte de la autoridad de la DNA. Es por esto que afirman que es esencial mantener una administración conjunta entre los dos ministerios, alineada con los principios del Tratado Antártico, para asegurar la continuidad y calidad de la investigación científica en la región.