País

El Gobierno ratificó una resolución que ordena la entrega de tierras a una comunidad mapuche en Río Negro

El Poder Ejecutivo Nacional considera que los indígenas de Lof Che Buenuleo se encuentran en una situación de gravedad y urgencia. En febrero la Corte Suprema había frenado la cesión de 481 hectáreas de tierras.

El Gobierno, a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, ratificó este miércoles una resolución que ordena la entrega de tierras a una comunidad mapuche en la provincia de Río Negro.

La polémica Resolución 151/2023 que salió publicada esta madrugada en el Boletín Oficial rechaza los planteos interpuestos por un propietario de tierras en Bariloche hacia el INAI que reclamó por la sesión de una superficie de 481 hectáreas a la comunidad Lof Che Buenuleo.

Se trata de una causa iniciada el 15 de octubre de 2020 por Emilio Friedrich, quien presentó un amparo alegando poseer un predio de 92 hectáreas conocido como Pampa de Buenuleo dentro de las casi 500 hectáreas entregadas a la comunidad mapuche. Sin embargo el argumento del Gobierno Nacional se remonta a diez años atrás de la presentación judicial cuando el 30 de enero de 2010 Antonio Buenuleo, “en su calidad de Lonko de la Comunidad solicitó el Relevamiento Territorial de la Comunidad Lof Che Buenuleo”. Al año siguiente se dio inicio al relevamiento que recién concluyó en 2020, año en que la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de la Nación intervino tras la presentación de Friedrich y declaró la nulidad de la resolución del INAI que otorgaba las tierras a la comunidad Lof Che Buenuleo.

“El relevamiento territorial indígena se enmarca en un contexto de emergencia territorial en el que se encuentran las comunidades indígenas como sujetos de derecho resultando el ordenamiento jurídico aplicable de orden público y su derecho de carácter colectivo”, respondió el Poder Ejecutivo resaltando que la ejecución del Programa Nacional de Relevamiento Territorial de las Comunidades Indígenas “no contempla, correr traslado o dar intervención a terceros ajenos a las partes, en ninguna de las etapas del proceso del relevamiento jurídico, técnico y catastral”.

No obstante, “en cumplimiento con la manda judicial”, se dispuso a la reapertura del expediente en cuestión y “se confirió el traslado de los componentes técnicos de la Carpeta del Relevamiento al Sr. Emilio Roberto Friedrich a los fines que ejerza el derecho que manifiesta tener respecto al territorio relevado, ordenando asimismo notificar a la Comunidad de esta medida”.

En este marco, la Comunidad Lof Che Buenuleo aseguró que ocupa “el lote Pastoril 127, con nomenclatura catastral 40-72, al menos desde el 04/08/1910 fecha en la que el Sr. Antonio Buenuleo (fallecido el 28/05/1940) recibe del Estado Nacional en el marco de la Ley del Hogar N° 1501 la tenencia legal del territorio y el otorgamiento del título por Decreto 17.793/45 del 07/8/1945″.

En los considerando de la resolución publicada este miércoles, el Gobierno remarca que entre las décadas del ‘80 y ‘90 Antonio Buenuleo -nieto- (fallecido en agossto de 2014) cedió la parte sur del lote “para que se instalaran allí los obreros que estaban construyendo y pavimentando la por entonces Ruta 237 (hoy Ruta Nacional 40), lo que dio origen al Barrio Pilar I”.

El crecimiento poblacional en la zona dio origen al Barrio Pilar II. En este marco, parte del lote pastorial 127 “se desafectó de la jurisdicción de la Reserva del Parque Nacional Nahuel Huapi pasando al ejido urbano de la Ciudad de San Carlos de Bariloche”.

“El área reconocida a la comunidad por la Resolución INAI N°90 expresamente deja afuera a las tierras que conforman los citados barrios Pilar I y Pilar II; evidenciado en la superficie aproximada consignada 481 hectáreas del total de 625 hectáreas iniciales”, precisó el Instituto, que responde que las “operaciones inmobiliarias” efectuadas en la zona “deben ser enmarcadas en el entendimiento de lo normado en el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), aprobado por la Ley Nacional Nº 24.071, que en el inciso 3 del artículo 17 establece que deberá impedirse que personas extrañas a esos pueblos puedan aprovecharse de las costumbres de esos pueblos o de su desconocimiento de las leyes por parte de sus miembros para arrogarse la propiedad, la posesión o el uso de las tierras pertenecientes a ellos”.

“Tras la muerte del Lonko Antonio Buenuleo sucedido el 24 de agosto de 2014, Emilio Friedrich decidió ingresar al otro día por sus propias vías al lote que había adquirido por Cesión de Derechos y que, para ese entonces, ya formaba parte de la tierra comunitaria. Esto motivó que miembros de la Comunidad Buenuleo lo denunciara por usurpación ante la Unidad Fiscal N° 2 de San Carlos de Bariloche”, informó el INAI.

En este marco, se rechazaron los planteos de Friedrich y se ratificó este miércoles la resolución mediante la cual el Gobierno reconoce la ocupación “actual, tradicional y pública de la COMUNIDAD LOF CHE BUENULEO, perteneciente al Pueblo Mapuche”, del territorio en disputa.

Mostrar más

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba