Cristina Kirchner presentó el recurso ante la Corte y recusó al juez García Mansilla

Una causa judicial que está hecha de política. Un resumen de las maniobras en la causa Vialidad
El abogado de la expresidenta cumplió con los requisitos: en un recurso ante la Corte sólo se permite que el texto tenga diez páginas de 26 renglones cada una y los planteos tienen que ser globales, de derecho. Por eso, los argumentos centrales fueron que los jueces que intervinieron no eran imparciales -se reunían con Mauricio Macri-; no se hicieron pericias de las 51 obras cuestionadas; no se compararon esas obras con las construidas por otros contratistas; se presentaron pruebas (falsas) que ni siquiera se exhibieron en el juicio y no se le permitió a CFK responder sobre esas evidencias presentadas fuera de las audiencias. “No hay ninguna posibilidad de que Cristina vaya presa en el corto plazo y es falso que la Corte rechaza estos recursos en todas las oportunidades”, afirmó Carlos Beraldi en conferencia de prensa.
Pura política
Beraldi respondió las preguntas del periodismo en la sede del Partido Justicialista, marcando la cancha del carácter político que tiene el expediente Vialidad y la forma en que el aparato del macrismo, con sede principal en Comodoro Py, actuó desde el principio.
En ese terreno es que se entra también cuando se habla de los tiempos que demandará la decisión de la Corte. Si le confirman la condena antes del 17 de agosto, fecha en que se presentan las candidaturas para las elecciones legislativas de octubre, la exmandataria no podrá postularse. Son cinco meses y medio a partir de este 1° de abril. Si no hay resolución para entonces, CFK es libre de ser candidata y, de resultar elegida, tendrá fueros y no podrá ser detenida.
Desde el punto de vista de los tiempos habituales del máximo tribunal, no hay antecedentes de que resuelvan en pocos meses recursos en un expediente de esa magnitud. Por ejemplo, en la causa conocida como «La ruta del dinero», que al principio era K y luego se probó que los Kirchner no tenían vinculación alguna, la Corte ya lleva dos años y un mes sin resolver. Otros recursos tardaron todavía más, mucho más. Por ejemplo, la Corte demoró cuatro años en revisar la causa Armas, en la que estuvo condenado Carlos Menem, y en ese proceso hizo lugar a la queja presentada en 2013, ordenando un nuevo fallo en 2017. Menem terminó absuelto.
La realidad es que la Corte no tiene plazos establecidos y puede incluso rechazar el recurso sin dar ninguna explicación, aplicando lo que se conoce como artículo 280. Pero si en el expediente Vialidad hubiera un apuro llamativo, con resolución dentro de 2025, la única interpretación posible será la que ya está en el trasfondo de todo el caso desde el principio: la política, la utilización de la justicia para la persecución de opositores.
Im-parciales
Los defensores de Cristina, los doctores Beraldi y Ari Llernovoy, presentaron dos escritos en la mañana del lunes. El primero, el recurso contra la condena en la causa de las rutas de Santa Cruz. El segundo, la recusación del juez designado en comisión en la Corte por Milei, decreto mediante, Manuel García Mansilla.
En este último texto, los letrados señalan “un magistrado nombrado en comisión, designado por el propio Presidente de la Nación, quien anticipó o reclamó lo que debe resolverse en el caso (que CFK vaya presa), genera un fundado temor objetivo de parcialidad y fulmina toda posibilidad de que nuestra defendida reciba un juicio justo”. Con ese razonamiento, se pide que García Mansilla no intervenga en la resolución de la Corte y que se designe un conjuez, por sorteo, para integrar el máximo tribunal en lo que se decida.
Pero la cuestión de la falta de imparcialidad es una clave del recurso principal, el de la condena de Cristina. A lo largo de la causa llamada Vialidad, “describimos relaciones indebidas que jueces y fiscales de la causa mantuvieron con los más altos funcionarios durante la presidencia de Mauricio Macri, que integran un sector político opositor a nuestra representada, desde la cual en forma pública se reclamó insistentemente su procesamiento y condena en este proceso. Cabe agregar que distintos organismos dependientes de ese Ejecutivo se habían presentado en la causa como querellantes”, señala el recurso.
La referencia es a los jueces que visitaban a Macri en Casa Rosada y Olivos o el fiscal y los jueces que jugaban juntos en el mismo equipo de fútbol y lo hacían en la quinta de Macri. Beraldi aclaró que las objeciones no fueron una ocurrencia propia sino que “se trata de reglas esenciales que definen a la independencia judicial y que se encuentran receptadas en los Principios de Bangalore sobre Conducta Judicial aprobados el 27 de julio de 2006 por la ONU”.
Los fundamentos decisivos
El recurso contra la condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua es una pintura de las irregularidades de todo el proceso que se inició en 2016, con una denuncia del gobierno de Macri. Este cronista estuvo presente en el juicio a lo largo de tres años y medio, y en todo ese tiempo, a CFK prácticamente no se la nombró.
El resumen de Beraldi – Llernovoy es el siguiente:
* La parcialidad de los jueces y fiscales. “Si los magistrados carecen de una absoluta neutralidad y equidistancia frente a los hechos, el juicio pierde toda legitimidad”.
* CFK no tenía atribuciones respecto de las obras que fueron votadas en el Presupuesto Nacional por el Congreso. El financiamiento estuvo a cargo de Vialidad Nacional, un ente autárquico, y las obras fueron licitadas, adjudicadas y controladas por la Provincia de Santa Cruz, que tiene autonomía. “No se le puede asignar a CFK el quebrantamiento de deberes que le eran ajenos”, dice el texto.
* Se violó el principio de culpabilidad porque “todos los testigos, incluyendo los propuestos por los fiscales, afirmaron en el juicio que CFK jamás impartió directivas a fin de beneficiar a ningún contratista”.
* Se condenó a la expresidenta porque Lázaro Báez ganó las licitaciones en 51 de los 81 tramos de rutas que se construyeron en Santa Cruz. Y, además, se la imputó por sobreprecios. La defensa sostiene que no se hicieron pericias sobre esas 51 obras, sólo sobre tres (pericias no pedidas por los fiscales y que terminaron con conclusiones contradictorias). Pero no se compararon esas obras y esos precios con los de otros contratistas y con lo que se construyó en el resto del país. La lógica -se vio en el juicio, declarado por los propios empresarios, rivales de Báez- es que en las provincias suelen ganar la mayoría de las licitaciones las empresas locales, porque pueden ofrecer mejores precios, dado que tienen allí el personal y la maquinaria. Son pocas las empresas que quieren trasladar maquinaria y personal a 1.800 kilómetros de distancia.
* Los jueces del Tribunal Oral y Casación incorporaron en la sentencia el dictado del decreto 54/2009, “al que los magistrados le asignaron supuestas irregularidades nunca debatidas en el juicio”. Ese decreto habilitaba a que se pagaran las obras de todo el país con un fideicomiso constituido en base a una tasa sobre la venta del gasoil. O sea, no fue una medida para beneficiar a Lázaro Báez. Y la prueba es que ese decreto sigue vigente hasta hoy: lo usaron y siguen usando todos los gobiernos que siguieron al de CFK. Desde el punto de vista jurídico, lo asombroso es que los fiscales nunca lo plantearon en la acusación, no se trató en el juicio y los jueces igual lo metieron en su sentencia.
* Cuando las audiencias del juicio ya habían terminado, los fiscales usaron en su alegato los chats de otro juicio, el de los bolsos que José López tiró en el convento de General Rodríguez. La pericia del celular de López no se hizo ni se verificó en la causa Vialidad y los fiscales sostuvieron que, al final del gobierno de Cristina, se produjo la operación “limpiar todo”, que consistió en una reunión entre Báez y Cristina para que se le hiciera un enorme pago al constructor y se borraran rastros de los ilícitos. Los chats nunca se trataron en el juicio, a CFK nunca la indagaron por “limpiar todo” y cuando ella quiso contestar, los jueces se lo impidieron. Se probó también que no existió tal reunión y que no hubo pago alguno a Báez.
* En la condena a CFK se incluyó la relación con Báez, los alquileres al santacruceño de hoteles y oficinas propiedad de los Kirchner. Al principio del juicio, la defensa propuso que se haga un único proceso, incluyendo todo, las obras viales y también la legalidad de los alquileres. Los magistrados no sólo lo impidieron sino que en el juicio hasta objetaron cualquier pregunta al respecto. Sin embargo, en la sentencia lo pusieron como un hecho condenatorio, argumentando que se benefició a Báez porque existía esa relación por los alquileres. La realidad es que el juicio por Hotesur-Los Sauces (los alquileres) ni siquiera se inició y en ese momento se había absuelto a los imputados por inexistencia de delito.
Los pasos siguientes del proceso son imprevisibles. La Corte puede pedirle o no opinión al procurador Eduardo Casal. Puede excusarse García Mansilla o el máximo tribunal puede rechazar la recusación. Puede resolver adentrarse en el fondo de los cuestionamientos o desecharlo todo de plano. Puede tardar meses, un año, dos o aún más. Y lo que ocurra, según sucedió hasta ahora en este expediente, será producto de la política, como ocurrió en Brasil con Lula, en Ecuador con Rafael Correa, en Bolivia con Evo Morales. Lo que parece jugar el papel decisivo son las presiones de la alianza judicial-política-mediática que rige en Comodoro Py y en el cuarto piso del Palacio de Tribunales.
Por Raúl Kollmann -PÀGINA 12