CABA: Fuga de presos. Qué ocultan Patricia Bullrich y Waldo Wolf?
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Abogados y especialistas en derecho nucleados en el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) se pronunciaron sobre las reiteradas fugas de presos de las comisarías porteñas.
El domingo 9 de febrero, seis presos se fugaron de una comisaría del barrio de Caballito. La Ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, y su par porteño, Waldo Wolff, discutieron públicamente sobre la responsabilidad por las reiteradas fugas sucedidas en los últimos meses.
Sin embargo, ninguno de ellos se refirió a estos cinco datos claves para entender el problema de los presos en las comisarías de la ciudad:
1) La cantidad de presos en dependencias policiales en la Ciudad de Buenos Aires aumentó un 136 % en los últimos dos años.
● Según informes de la Procuración Penitenciaria de la Nación, entre octubre de 2022 y octubre de 2024 el número de personas detenidas en dependencias policiales aumentó en un 136%.
● Las dependencias policiales son espacios que no están diseñados para detenciones de larga duración. En las comisarías, se usan patios, quinchos, oficinas y hasta depósitos de armas, con medidas de seguridad improvisadas o inexistentes. Por su parte, las “alcaidías”, en muchos casos, “fueron nombradas así administrativamente, pero en términos de infraestructura son las mismas guardias internas de las comisarías vecinales con calabozos”1.
2) El 90% de los presos en comisarías y alcaidías de la ciudad están a disposición de la Justicia Nacional.
● Según la Procuración Penitenciaria de la Nación, el 90% de los presos está a disposición de la Justicia Nacional, el 6% a disposición de la Justicia local de la Ciudad de Buenos Aires y el 2.4% a disposición de la Justicia Federal.
● La Ciudad de Buenos Aires es la única en donde intervienen tres sistemas judiciales distintos:
○ Delitos “federales”: Por ejemplo, trata de personas, narcotráfico o corrupción vinculada con la Administración Pública Nacional. Interviene la Justicia Federal, con sede en “Comodoro Py”.
○ Delitos “ordinarios”: Por ejemplo, robos, hurtos, lesiones, amenazas, abusos sexuales. En todas las provincias del país, estos delitos son perseguidos y juzgados por la justicia provincial. Pero en la CABA, esta función está dividida entre:
■ Justicia de la Ciudad: Solamente interviene en algunos pocos delitos que le fueron traspasados, como amenazas simples o lesiones en riña.
■ Justicia “Nacional”: Jueces del Poder Judicial de la Nación, fiscales del Ministerio Público de la Nación y defensores del Ministerio Público de la Defensa de la Nación intervienen en todos los delitos aún no transferidos a la Ciudad.
● Si bien la reforma constitucional de 1994 estableció que la Justicia de la Ciudad debía tener su propia justicia, el traspaso de la justicia penal nunca fue finalizado. Desde hace 10 años, la Corte Suprema viene exhortando a terminar ese proceso, tal como hizo en el reciente fallo “Levinas”.
● Esta excepcionalidad de la CABA genera, entre otros problemas, una dificultad de coordinación que permita establecer una política criminal acorde a los cupos carcelarios y que evite la utilización de comisarías como centros de detención.
3) Los Jueces Nacionales fueron penalmente denunciados por la situación vejatoria de los detenidos en comisarías.
● En diciembre del año pasado, el INECIP denunció penalmente a los Jueces Nacionales de Ejecución y todos aquellos jueces penales que se hallen responsables de haber permitido, por acción u omisión, que las comisarías se conviertan en centros de penas crueles, inhumanas y degradantes.
● La denuncia se basó en los informes oficiales que señalan que miles de personas pasan semanas, meses y hasta años detenidas en calabozos precarios, quinchos, patios, oficinas, depósitos, subsuelos y guardias internas de comisarías o alcaidías, en condiciones vejatorias y degradantes.
Por ejemplo, se detectaron situaciones de hacinamiento extremo, llegando a alojar a 5 personas en una celda de 1×1,5m o a utilizar las armerías como calabozo, en los cuales los detenidos transcurren las 24 horas del día encerrados sin posibilidades de actividades de resocialización.
● La Constitución Nacional establece, en su artículo 18, una medida excepcional de cumplimiento de sus mandatos: la responsabilidad judicial de los jueces que le dicten a las personas detenidas cualquier medida que “a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos”. Detrás de toda persona detenida hay una resolución judicial que avala esa detención. Si la situación de encierro es vejatoria, el juez que habilitó esa detención tiene responsabilidad penal.
4) Las detenciones en comisarías aumentan el riesgo de fuga y reducen el personal policial en las calles, afectando la seguridad ciudadana.
● La de Caballito no fue la primera fuga en comisarías porteñas, ni será la última. Las comisarías y las alcaidías no cuentan con medidas de seguridad, ya que no fueron diseñadas para la función de encarcelamiento que actualmente cumplen. Muchos presos están alojados en oficinas o patios sin ninguna medida de protección. Todo depende de la vigilancia policial que, al primer error, facilita las fugas.
● En los últimos meses, se registraron fugas de 6 detenidos en Caballito en febrero, de 17 detenidos en Liniers en diciembre y de 11 detenidos en Barracas en noviembre.
5) El Congreso Nacional está a punto de aprobar una Ley de Reiterancia que podría agravar este problema.
● La semana pasada, la Cámara de Diputados le dió media sanción a una ley que busca introducir al Código Procesal Penal Federal y al Nacional una nueva causal de prisión preventiva, distinta al peligro de fuga y al de entorpecimiento de la investigación, únicos riesgos válidos para nuestra Constitución Nacional y los tratados internacionales con jerarquía constitucional. Si el proyecto se aprueba, una persona podrá ser detenida preventivamente por el sólo hecho de estar siendo investigado en más de una causa penal, sin importar que ellas tengan sustento o pruebas suficientes. Ni siquiera se exige que haya sido formalmente acusado.
● Esta ley, por ser nacional, se aplicará únicamente a la Justicia Federal y a la Justicia Nacional (hasta que sea traspasada a la Ciudad). Por lo tanto, los nuevos presos que esta ley genere agravarán la situación de las comisarías porteñas.
● En la Cámara de Diputados no se aclaró dónde se alojarán los nuevos presos que genere esta ley. Por lo tanto, su aprobación no haría más que agravar el problema de los presos en comisarías. Tampoco brindaría más seguridad, ya que promovería una política criminal orientada a los actores menos relevantes de los mercados criminales, en lugar de priorizar a los eslabones fuertes.
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