Avión venezolano-iraní: la Justicia confirmó la falta de mérito del piloto y otros cuatro tripulantes y la causa quedó a un paso de cerrarse
Lo decidió la Cámara Federal de La Plata, que también ratificó los sobreseimientos de los otros 14 involucrados. Ahora resta definirse la parte del expediente de Estados Unidos.
La Justicia confirmó la falta de mérito del piloto, el copiloto, y tres integrantes de la tripulación del avión venezolano-iraní que se encuentra retenido en el aeropuerto de Ezeiza desde el 6 de junio del año pasado. Se trata de tres iraníes y dos venezolanos, que fueron los últimos en salir del país. También se ratificó los sobreseimientos a los otros 14 miembros de la tripulación involucrados y la causa local quedó a un paso de cerrarse. No obstante se mantiene la causa que se tramita en Estados Unidos, la cual está basada en la transferencia irregular por parte de la aerolínea iraní Mahan Air a Emtrasur: días atrás, un juez norteamericano ordenó el decomiso definitivo del avión.
La Sala 3 de la Cámara Federal de La Plata resolvió este lunes confirmar la falta de mérito de Gholamreza Ghasemi, Abdolbaset Mohammadi, Saeid Valizadeh, Víctor Manuel Pérez y Mario José Arraga Urdaneta; y confirmó “el levantamiento de la prohibición de salida del país” de los últimos cinco involucrados.
Todos ellos fueron indagados tras un pedido de la querella de la DAIA. Se los había acusado de utilizar la empresa iraní-venezolana Emtrasur para desviar fondos que habrían sido utilizados para financiar actividades terroristas. En octubre del año pasado el juez federal Federico Villena había autorizado la salida del país de los cinco tripulantes y les dictó la falta de mérito porque entendió que no había pruebas firmes para procesarlos por el delito de financiar actividades terroristas. En la resolución publicada en las últimas horas -a la que accedió Agencia Comunas– la Cámara Federal de La Plata señaló que el dictado de la falta de mérito, “de momento, era el único camino posible” y aclaró que los resultados de una serie de medidas de prueba “van a tener la virtualidad suficiente como para quebrar este cuadro incierto”. “En efecto, teniendo en cuenta que ni la fiscal, ni la parte querellante han explicado en sus recursos de qué modo las pruebas obrantes resultan conducentes a los fines de disponer los procesamientos pretendidos, corresponde confirmar la decisión del a quo”.
Los jueces Carlos Alberto Vallefin y Roberto Agustín Lemos Arias además de confirmar la falta de mérito del piloto, del copiloto y de los otros tres tripulantes, ratificaron el sobreseimiento de los otros 14 involucrados: Mohammad Khosraviaragh, Victoria Valdiviezo Marval, Cornelio Trujillo Candor, Vicente Raga Tenias, José Ramírez Martínez, Zeus Rojas Velásquez, Jesús Landaeta Oraa, Armando Marcano Estreso, Ricardo Rendon Oropeza, Albert Gines Pérez, Ángel Marin Ovalles, Nelson Coello y Mahdi Mouseli.
En septiembre esta misma Cámara había autorizado la salida del país de 12 de los 19 involucrados, sosteniendo que “todas las diligencias pendientes, la definición de la situación procesal y de las restricciones impuestas sobre las personas y las cosas deberán ser resueltas por el juez de primera instancia, en el plazo de diez días”. Nuevamente, Villena consideró que no había pruebas para llamar a indagatoria a 14 de los 19 y los sobreseyó.
La Sala 3 aclaró este lunes que el magistrado “efectuó una errónea interpretación de la resolución dictada”, ya que “claramente no se desprende de aquella que el plazo fijado tuviera un carácter perentorio sobre el curso de la investigación”.
“La extensión de la investigación por casi un año, con la producción de un centenar de medidas de prueba, sin que sus resultados reflejen un estado de sospecha sobre los imputados que permita recibirles declaración indagatoria -en base a una imputación concreta- vulnera las garantías constitucionales del debido proceso y la defensa en juicio”, fundamentó el tribunal y señaló que “la adopción de medidas de carácter excepcional -como lo fueron la imposición de medidas cautelares de carácter personal o el mantenimiento de una investigación aún sin una concreta imputación- en base a las singulares características del hecho investigado, no puede prolongarse”.
“Ni el Ministerio Público ni la parte querellante han propuesto medidas conducentes como para quebrar el panorama reseñado. El tiempo transcurrido desde el inicio de la causa, el más de centenar de pruebas producidas, la intervención de todas las agencias federales de seguridad del país e, incluso, la colaboración internacional, dan fundamento suficiente, aunque por motivos diversos, al sobreseimiento dispuesto en la instancia de origen”, concluyó la Cámara Federal de La Plata.
De esta forma, la causa quedó a un paso de cerrarse en el ámbito local. El tribunal confirmó este lunes el levantamiento de la medida cautelar dispuesta sobre la aeronave matricula YV3531 de la empresa Emtrasur, que sigue incautada a pedido de la justicia de Estados Unidos.